Transposición de la Directiva (UE) 2016/943.
Régimen legal. La Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales [BOE 21/02/19] se ha promulgado en transposición de la Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2016 relativa a la protección de los conocimientos técnicos y de la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.
La ley se estructura en veinticinco artículos distribuidos en cinco capítulos, una disposición transitoria y seis disposiciones finales.
Entrada en vigor: 13 de marzo de 2019.
Concepto. Se considera secreto empresarial cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna las siguientes condiciones:
a) Ser secreto, en el sentido de que, en su conjunto o en la configuración y reunión precisas de sus componentes, no es generalmente conocido por las personas pertenecientes a los círculos en que normalmente se utilice el tipo de información o conocimiento en cuestión, ni fácilmente accesible para ellas;
b) Tener un valor empresarial, ya sea real o potencial, precisamente por ser secreto, y
c) Haber sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerlo en secreto.
Titular. Cualquier persona física o jurídica que legítimamente ejerza el control sobre el mismo.
Violación de secretos empresariales.Consiste en el acceso, apropiación o copia no autorizadas de documentos, objetos, materiales, sustancias, ficheros electrónicos u otros soportes, que contengan el secreto empresarial o a partir de los cuales se pueda deducir o por ser contraria a las prácticas comerciales leales.
Naturaleza. Los secretos empresariales pueden pertenecer en cotitularidad y ser susceptibles de transmisión, cesión, y licencia de uso y de explotación.
Protección y defensa. Mediante el ejercicio de acciones de cese; prohibición de fabricación y oferta; comercialización o utilización; importación y exportación; aprehensión de mercancías y medios; recuperación; atribución en propiedad de las mercancías infractoras; compensación de daños y perjuicios que puede incluir la indemnización por daño moral y el abono de los gastos de investigación incurridos; y la publicación de la sentencia
Medidas procesales.Se prevé la práctica judicial de diligencias de comprobación de hechos de forma previa a la interposición de la demanda para acreditar la petición de condena y la adopción de medidas cautelares para frenar provisionalmente la infracción.
Textos legales:
Directiva Secretos Empresariales