Decisión (UE) 2019/1754 del Consejo, de 7 de octubre.

Mediante Decisión (UE) 2019/1754 del Consejo de 7 de octubre de 2019 la Unión Europea ha aprobado la adhesión al Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa sobre la Protección de Denominaciones de origen y las Indicaciones Geográficas y su registro internacional [«Acta de Ginebra»].

El «Acta de Ginebra» del Arreglo de Lisboa es un tratado administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual [OMPI – WIPO] que amplía su ámbito de aplicación a las indicaciones geográficas además de las ya protegidas denominaciones de origen. Igualmente permite que organizaciones internacionales como la Unión Europea puedan ser partes del mismo.

En virtud de este acuerdo las partes contratantes se obligan a proteger en su territorio las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas de los productos originarios de otras partes contratantes.

Hasta el momento siete Estados miembros de la Unión Europea eran partes contratantes del Arreglo de Lisboa: Bulgaria, desde 1975; Chequia, desde 1993; Francia, desde 1966; Italia, desde 1968; Hungría, desde 1967; Portugal, desde 1966 y Eslovaquia, desde 1993.

Otros tres Estados miembros han firmado el Arreglo, pero no lo han ratificado: Grecia, España y Rumanía.

Arreglo de Lisboa – Acta de Ginebra