La «Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico» ha previsto multas de hasta 150.000 euros para las empresas que envíen tres correos electrónicos comerciales o SMS no solicitados a la misma persona, en el plazo de un año. El uso de este tipo de publicidad exige que el consumidor autorice expresamente al remitente el envío de las comunicaciones comerciales.

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